Solicitud de Historia Clínica

Es importante informar que este requerimiento debe cumplir mínimo con los siguientes requisitos de acuerdo a la edad del paciente:

MAYOR DE EDAD

Si el solicitante es el titular de la historia clínica, debe adjuntar la siguiente documentación:

1

Documento de Identificación personal, Escaneado.

2

Carta escaneada donde el titular autorice a la Institución para enviar la información de su historia clínica al correo electrónico personal, especificando claramente las fechas de atención y el motivo de la solicitud de la copia de Historia Clínica.

Es importante aclarar que la firma de la carta debe coincidir con la firma registrada en la cédula de ciudadanía.

MENOR DE EDAD

Es importante aclarar que la firma de la carta debe coincidir con la firma registrada en la cédula de ciudadanía.

Si el paciente es menor de edad, se debe adjuntar la siguiente documentación:

1

Documento de Identificación personal Escaneado del Padre o Madre.

2

Documento de identificación personal del beneficiario (Hijo).

3

Carta escaneada donde el titular o representante del menor autorice a la Institución para enviar la información de su historia clínica al correo electrónico personal, especificando claramente las fechas de atención y el motivo de la solicitud de la copia de Historia Clínica.

Es importante aclarar que la firma de la carta debe coincidir con la firma registrada en la cédula de ciudadanía.

    Fecha de Atención Médica

    Podrás adjuntar archivos con un peso máximo de 10MB. Tipo de archivo permitido jpeg|jpg|png|pdf|docx|zip|rar

    Adjuntar autorización

    Adjuntar documentos de identidad

    Puedes enviar también tu solicitud directamente al correo: coordinacion.gestiondocumental@clinicanuestra.com

    La resolución N° 1995 señala

    La historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por terceros, previamente con autorización del paciente o  en los casos previstos por la ley.